Una “Auditoría Energética” es un procedimiento sistemático destinado a obtener conocimientos adecuados del perfil de consumo de energía existente de un edificio o grupo de edificios, de una instalación u operación industrial o comercial, o de un servicio privado o público, así como para determinar y cuantificar las posibilidades de ahorro de energía.
El Real Decreto RD56/2016 refiere la obligatoriedad de realización de auditorías energéticas para grandes empresas que ocupen a más de 250 trabajadores o aquellas que tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y un balance general que exceda de 43 millones de euros. Una de las medidas establecidas es la obligación de que dichas grandes empresas consumidoras presenten una auditoría energética periódica cada 4 años. Tales auditorías deben cubrir el análisis de al menos, el 85% del consumo total de energía final del conjunto de sus centros a nivel nacional.
En virtud del Real Decreto 56/2016 sobre
auditorías energéticas, de acuerdo con el artículo 3 referente al alcance de la exigencia y criterios mínimos a cumplir por las auditorías energéticas; las auditorías energéticas se atendrán a las siguientes directrices:
a) Deberán basarse en datos operativos actualizados, medidos y verificables, de consumo de energía y, en el caso de la electricidad, de perfiles de carga siempre que se disponga de ellos.
b) Abarcarán un examen pormenorizado del perfil de consumo de energía de los edificios o grupos de edificios, de una instalación u operación industrial o comercial, o de un servicio privado o público, con inclusión del transporte dentro de las instalaciones o, en su caso, flotas de vehículos.
c) Se fundamentarán, siempre que sea posible en criterios de rentabilidad en el análisis del coste del ciclo de vida, antes que en periodos simples de amortización, a fin de tener en cuenta el ahorro a largo plazo, los valores residuales de las inversiones a largo plazo y las tasas de descuento.
d) Deberán ser proporcionadas y suficientemente representativas para que se pueda trazar una imagen fiable del rendimiento energético global, y se puedan determinar de manera fiable las oportunidades de mejora más significativa
El ámbito de aplicación comprende a aquellas empresas que tengan la consideración de grandes empresas, entendiendo por tales tanto las que ocupen al menos a 250 personas como las que, aun sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones de euros. De igual modo, será también de aplicación a los grupos de sociedades, definidos según lo establecido en el artículo 42 del Código de Comercio, que, teniendo en cuenta las magnitudes agregadas de todas las sociedades que forman el grupo consolidado, cumplan los referidos requisitos de gran empresa.
Referente al alcance de la exigencia y criterios mínimos a cumplir por las auditorías energéticas; las grandes empresas o grupos de sociedades incluidos en el ámbito de aplicación, deberán someterse a una auditoría energética cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría energética anterior, que cubra, al menos, el 85 por ciento del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios que dichas empresas y grupos gestionan en el desarrollo de su actividad económica.
A efectos de justificar el cumplimiento de la obligación anterior, las empresas o grupos de sociedades obligados podrán utilizar algunas de las dos alternativas siguientes:
1. Realizar una auditoría energética que cumpla las directrices mínimas que se indican en el apartado 3 de RD56
2. Aplicar un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes, siempre que el sistema de gestión de que se trate incluya una auditoría energética realizada conforme a las directrices mínimas que se indican en el apartado 3 de RD56
Las auditorías energéticas realizadas conforme a las normas UNE-EN 16247-1. Auditorías Energéticas. Parte 1: Requisitos Generales, UNE-EN 16247-2. Auditorías Energéticas. Parte 2: Edificios, UNE-EN 16247-3. Auditorías Energéticas. Parte 3: Procesos y UNE-EN 16247-4. Auditorías Energéticas. Parte 4: Transporte, o, en su caso, sus sustituciones por futuras normas UNE EN, autorizadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de requisitos de auditorías energéticas, se entenderán que cumplen con el alcance y los criterios mínimos exigidos en el artículo 3 de RD56.
La metodología de una auditoría energética se compone generalmente de las siguientes etapas de trabajo:
Etapa 1: Recopilación de la documentación:
Recopilación de las facturas de suministros de electricidad, combustible y agua.
Horarios de utilización, datos de ocupación y funcionamento de las instalaciones.
Listados de maquinaria existente, características técnicas, modo de operación,etc.
Situación de contadores de electricidad, agua y combustibles.
Planos de las instalaciones, esquemas unifilares, diagramas, esquemas de principio de climatización y ACS.
Manual de mantenimiento de las instalaciones eléctricas y térmicas.
Etapa 2: Toma de datos:
Inventario, características técnicas y estado de los equipos consumidores de energía.
Condiciones de utilización y mantenimiento de equipos e instalaciones.
Características técnicas y estado de las instalaciones:
− Características constructivas de la envolvente térmica.
− Sistemes técnicos: Iluminación, Climatización, Calefacción, Ventilación, Agua Caliente Sanitaria, Refrigeración, Bombas, Motores, Informática y Otros equipos consumidores de energía.
Etapa 3: Campaña de mediciones:
Medición de consumos eléctricos.
Medición de los niveles de iluminación.
Inspección termográfica.
Registro de condiciones ambientales de temperatura y humedad relativa.
Analizador de redes eléctricas.
Etapa 4: Análisis de la información:
Análisis de la demanda térmica y eléctrica.
Análisis de la facturación y consumos específicos en los últimos años.
Análisis de las características técnicas y estado de los equipos e instalaciones, condiciones de uso, mantenimiento, etc.
Balance energético de las instalaciones.
Contabilidad energética.
Desarrollo de mejoras para reducir el consumo de energía y cálculo de ahorros.
Estudio de viabilidad técnica y económica de las mejoras propuestas.
Etapa 5: Elaboración del informe energético:
Diagnóstico energético del centro.
Distribución de consumos y costes de energía.
Cálculo de indicadores energéticos.
Propuestas de mejoras de ahorro y eficiencia energética.
Valoración técnica y económica de las mejoras propuestas.
Recomendaciones para el uso racional de la energía.
Elaboración de un Plan de Acción para la implantación de las mejoras propuestas.
Estudio de viabilidad de la implantación de tecnologías de energías renovables y de arquitectura bioclimática.
Las propuestas incluirán:
- descripción técnica de la propuesta
- cálculo del consumo energético anterior y posterior a su implantación
- cálculo de emisiones evitadas de CO2
- análisis de viabilidad económica (inversiones, gastos, ahorros, periodo retorno)
- clasificación de las medidas según su viabilidad económica
OPERIT es analítica y diagnóstico energético en la operación de edificios.
La aplicación de técnicas de análisis de datos y diagnóstico automático ayuda a optimizar la operación de las instalaciones.
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